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EL ÑANDÚ, Leyendas Mendocinas.

Surí (quechua) o hullu (huarpe)
Petroglifos del Cerro Tunduqueral - Uspallata



CUYUM, Tierra DArenales



Tierra de arenales, tal es el nombre que le dieron nuestros originarios, a una región situada en el centro oeste de la República Argentina.

En ella se asentaba el pueblo huarpe, que poblaba las márgenes de ríos y lagunas, y hablaba el Millcayac, Allentiac o Huarpe Puntano, según se encontraran en Mendoza, San Juan o San Luis.

En los últimos años del Tawantinsuyo[1], los huarpes fueron dominados por el incario[2], adquiriendo conocimientos del idioma quechua y formando parte del sistema tributario inca.

Tal situación facilitó la labor de los conquistadores españoles, cuando llegaron al Valle de Huantata (Valle de guanacos) , al encontrar una población, que lejos de consagrarse a la guerra, había adoptado un modo de vida sendentario, dedicado a labores agropastoriles.

Se registran tres variantes del topónimo: Huantata (huarpe): valle de guanacos, Huentota (pehuenche): lugar del valle y Guantata (quechua): valle que se teme o admira.

Juan Isidro Maza (1990)


Del lado oeste de la Cordillera de Los Andes, mapuches, picunches y huiliches, tribus conocidas por su alto grado de belicosidad, lucharon contra incas y españoles sin ser sometidas. Los conquistadores los llamaron, araucanos.



Leyenda del ñandú

Adaptación Enrique Guerrero.

Los huarpes se habían dispersado por vastas franjas del árido Cuyum y a diferencia de la antigua cultura Agrelo, eligieron la márgen norte del río de Cuyo (río Mendoza) y lagunas del norte mendocino, para establecer sus asientos.


Cerámica huarpe.

Los caciques gobernaban estas tierras ejerciendo una pacífica convivencia, por lo que lejos de dedicarse a la guerra, centraban sus actividades en una pequeña agricultura, recolección de frutos, caza y pesca.

Desde "Unos arenales y algarrobales muy lejos", nombre que le daban a la zona de las Lagunas del Guanacache, llegaron las noticias de que tribus belicosas venidas del norte, se estaban organizando con otras del oeste, con la intención de invadirlos.

Cuando el cacique quiso reaccionar, ya era demasiado tarde, habían pasado los días y estaban totalmente sitiados.

Ante el inminente ataque, dos jóvenes recientemente desposados, se ofrecieron como voluntarios para cruzar el cerco enemigo y pedir ayuda a sus aliados del este, en la comarca de Corocorto.

Pareja de jóvenes huarpes.

Esperaron pacientemente el ocaso, para comenzar la peligrosa misión.

Salieron amparados por las primeras sombras de la noche, buscando atravesar aquellos campos donde los algarrobos, chañaresjarillales, se enmarañaban, ocultándolos de la vigilancia enemiga.

Tras un día y medio de marcha, fueron sorprendidos por un pequeño grupo de guerreros enemigos, los que al advertir su presencia, iniciaron la persecución.

La pareja comenzó a correr siempre junta, esquivando boleadoras, flechas, lanzas y lazos, sin que nada pudiera detenerlos.

Las horas, la fatiga y el esfuerzo extremo, no hacían mella en su determinación, muy por el contrario, con cada minuto que pasaba, una fuerza inspiradora los empujaba, en la rauda carrera que se estaba llevando a cabo.

Casal de ñandúes, en el pedemonte mendocino.
De a poco y sin que lo advirtieran, sus piernas y brazos se fueron transformando y sus cuerpos comenzaron a cubrirse lentamente de plumas, hasta que finalmente perdieron la forma humana,  para convertirse en dos hermosas aves, que corrían velozmente.


Y así fue como escaparon y llegaron hasta la tribu aliada, la que tras recibir el pedido de auxilio, se organizó rápidamente y partió, rodeando a los invasores y obligándolos a que se retiren de sus tierras.

Cuentan, además, que fue a partir de ese día, en que el hullu (ñandú), comenzó su vida en las Tierras de Arenales.





Eñandú


Debido a la similitud que tiene con el avestruz africano, a  esta ave endémica de América del Sur, se la mal llama avestruz americano.

Ñandú petiso, cordillerano o andino.
Los pueblos originarios lo conocían con nombres, tales como: hullu (huarpes), ñandú (guaraníes), sury (quechuas), mañik (mocoví y tobas), oóiu (tehuelches) y choike (mapuches).
Ellos los cazaban con boleadoras choiqueras[3], para aprovechar: carne (consumo), cuero (elaborar morrales y tabaqueras), plumas (adornos),  grasa (para impermeabilizar los lazos que hacían con sus tendones) y huesos de las patas (puntas de flechas).

Al pichón que comenzaba la muda del plumón, lo llamaban charito y al joven por la torpeza, charabón.


 

Los guaraníes lo llamaban ñandú (araña), porque la textura del plumaje, les traía reminiscencias con ciertas especies de arañas peludas, que habitan la Selva Amazónica.





Dichos y refranes criollos
del ñandú


La Pampa tiene el ombú, Mendoza tiene Los Andes, ¿Qué tendrá el ñandú, que pone huevos tan grandes? (relación picaresca del Pericón Nacional).


"Boleando" de Molina Campos 
Dibujante argentino - témpera, 35x53 cm (1957)

Buen año dijo el ñandú y no tenía más que un huevo (estar conforme con lo que se tiene).



Como suri contra el cerco (andar de mala suerte).



¡Cosa bárbara, correr como ñandú en burro! (dícese al que fantasea mucho).

 

  

¡Eha, sus y traga el ñandús! (alude a las personas que cuando comen, tragan sin masticar bien).


"En el jagüel" de Carlos Montefusco
pintor y dibujante argentino.

¡Qué sabe el ñandú del freno! (al que habla más de lo debido).

 


 

Ñandú que escapó una vez, desde lejos echa a correr (se refiere al que aprende del error).

 


Desconfiado como ñandú tuerto (a las personas desconfiadas en extremo).

Los curanderos tehuelches, desecaban la pesina, membrana interna que recubre el buche del ñandú patagónico y luego la pulverizaban en el mortero. Con el polvo obtenido preparaban una infusión, para tratar dolores de estómago, empacho o indigestión.



DECLARACIÓN DE MONUMENTO NATURAL PROVINCIAL
 A ESPECIES ANIMALES SILVESTRES
Ley 6599

El ñandú petiso o cordillerano (Pterocnemia pennata), junto a otras especies de animales silvestres, fueron declarados Monumentos Naturales de la Provincia de Mendoza, por Ley 6.599 el 12 de mayo de 1998.




Como siempre, me despido con un abrazo cordial y el deseo de que la vida, brinde buenos senderos para andar.





[1] Tawantisuyu: división territorial del Imperio Inca. Es un nombre compuesto por dos voces quechuas, tahua o tawa: grupo de cuatro elementos y suyo: región, área o nación.

[2] incario o incanatoestructura política, social y económica del Imperio Inca.

[3] boleadora choiquera o ñanducera: arma o instrumento de caza arrojadiza, creada por los aborígenes de la Patagonia y las Pampas.
Consta de tres piedras pulidas de forma esférica, unidas por tientos o tiras de cuero de guanacocuero del cogote o tendón de la pata del ñandú. La boleadora choiquera posee piedras más pequeñas, que la de caza mayor (guanacos o caballos) y tientos más largos.

EN MENDOZA PODEMOS DENUNCIAR CUALQUIER IRREGULARIDAD QUE PONGA EN RIESGO LA FLORA, FAUNA o MEDIOAMBIENTE:

* 911 - Policía de Seguridad Rural de Mendoza.

* Dirección de Recursos Naturales Renovables Mendoza,

  Tel: 261-4252090 y 4257065 (días hábiles de 0800 a 1300 hs).

* Correo electrónico: correofauna-drnr@mendoza.gov.ar



LEY 6.599 - PROTECCIÓN A ESPECIES SILVESTRES.

Cóndor, Choique o SuriGuanaco, Tortuga del Macizo Extracordillerano del Nevado; Liebre Mara, criolla o Patagónica; Pichiciego (de izquierda a derecha y de arriba a abajo)


¡ La Naturaleza

 es Patrimonio de todos!



Desde 1998 en toda la Provincia de Mendoza, tiene vigencia la ley que declara Monumento Natural a Especies Silvestres, otorgándoles protección con fuerza de ley.

Tal circunstancia nos debe enorgullecer como mendocinos y amantes de la naturaleza, comprometiéndonos a hacerla respetar y cumplir, dándole una amplia difusión para crear una verdadera conciencia ecológica, basada en el respeto y cuidado de nuestro patrimonio natural.

Si observas que se violan los derechos de vida o captura de alguna de estas u otras especies, no lo dudes y comunica o efectúa la denuncia de inmediato a la autoridad más cercana.

¡PROTEJAMOS LA NATURALEZA, NOS PERTENECE A TODOS!




Ley 6.599


Sistema Argentino
De Información Jurídica.

Declara monumento natural provincial, a especies animales silvestres.


LEY 6.599
MENDOZA, 12 de Mayo de 1998
Boletín Oficial, 7 de 1998
Vigente, de alcance general
Id SAIJ: LPM0006599


Sumario
Recursos naturales, caza, prohibición de caza, especies protegidas, monumento natural provincial, Derecho ambiental EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1.- Declárase Monumento Natural Provincial a las siguientes especies de animales silvestres y sus hábitats naturales:

CONDOR (VULTUR GRYPHUS).

CHOIQUE O SURI (PTERONEMIA PENNATA).

GUANACO (LAMA GUANICOE).

TORTUGA DEL MACIZO EXTRACORDILLERANO DEL NEVADO (CHELONOIDIS DONOSABARROSI).

LIEBRE MARA, CRIOLLA O PATAGONICA (DOLICHOTUS PATAGONUM).

PICHICIEGO (CHLAMYPHORUS TRUNCATUS).

*Art. 2.- Se establece la veda total y permanente de caza para estas especies, prohibiéndose su tenencia en cautiverio, excepto para fines educativos, científicos, de subsistencia o de manejo sustentable, para lo cual se requerirá autorización expresa a la autoridad de aplicación.

parte_1,[Modificaciones]

Art. 3.- El Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, a través de la Dirección de recursos Naturales Renovables será la autoridad de aplicación de la presente ley.

*ART. 4 - En el caso de las especies guanaco (Lama Guanicoe) y Choique o Suri (pteronemia pennata), autorízase su aprovechamiento económico cuando se funde sobre los principios de bienestar animal y manejo social y ecológicamente sustentable y en la medida que dicha actividad no genere daños, perjuicios o deterioro a las poblaciones naturales de la mencionada especie.

parte_3,[Modificaciones]

Art. 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Firmantes
LOPEZ - MARCHENA - KEMELMAJER - MANZITTI


SI DESEAS DESCARGAR EL TEXTO CON LA  RESOLUCIÓN ADOPTADA POR  LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS está aquí:

En Mendoza podemos denunciar cualquier irregularidad que ponga en riesgo a la fauna, flora y medioambiente, llamando a: 


* 911 - Policía de Seguridad Rural de Mendoza.

* Dirección de Recursos Naturales Renovables Mendoza,

Tel: 261-4252090 y 4257065 (días hábiles de 0800 a 1300 hs).

Correo electrónico: correofauna-drnr@mendoza.gov.ar 



Vale recordar que la captura, comercio y tenencia de fauna silvestre, está prohibida y protegida por las siguientes leyes y decretos, sancionados para tales fines:


* Ley Nacional de Fauna 22421, Ley Provincial de adhesión 4602 y su modificatoria la Ley 7308.


* Ley 5961 (26/08/1992), preservación del ambiente en todo el territorio de la provincia de Mendoza, a los fines de resguardar el equilibrio ecológico y el desarrollo sustentable.


* Decreto Provincial Reglamentario: 1890/05





Me despido con un fuerte abrazo y una reflexión final:

 

¿Qué sería de nuestras montañas sin cóndores, guanacos, águilas y otras tantas especies, que tenemos el placer de avistar y disfrutar en cada incursión de senderismo?...

           
      





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